
El caso de Carlos Gurrola Arguijo, mejor conocido como “Papayita”, trabajador de limpieza en un supermercado en Torreón, ha conmocionado a la sociedad mexicana. La presunta “broma” de sus compañeros —que habría consistido en adulterar su bebida con desengrasante— derivó en su muerte. Más allá de la indignación social, surgen preguntas fundamentales: ¿qué responsabilidades legales pueden fincarse a la empresa si hubo negligencia frente al acoso laboral y la violencia que sufría este trabajador?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), las empresas tienen la obligación de garantizar un ambiente laboral seguro y libre de violencia. En específico:
Es decir, si la empresa tuvo conocimiento de que “Papayita” sufría acoso y no actuó para prevenirlo, puede ser responsable laboralmente.
El 19 de septiembre de 2025, H-E-B Torreón emitió un comunicado oficial en el que lamentó profundamente el fallecimiento de Carlos Gurrola y expresó sus condolencias a la familia. En el mismo texto, la empresa destacó que Gurrola no era su empleado directo, sino de Multiservicios Rocasa S.A. de C.V., compañía de limpieza contratada. HEB aseguró haber mantenido comunicación constante con la contratista y haber colaborado con las autoridades “con total transparencia” para el esclarecimiento del caso.
El comunicado también subraya el compromiso de la empresa con la seguridad de sus clientes, proveedores y socios, reiterando su interés en convertirse en “el mejor lugar para trabajar, comprar y hacer negocios”.
Sin embargo, desde el punto de vista legal, el señalamiento de que la víctima era empleado de un tercero no excluye a HEB de responsabilidad.

Aunque HEB insiste en que Carlos Gurrola era empleado de Multiservicios Rocasa, la ley establece otra cosa:
La NOM-035-STPS-2018 obliga a las empresas a identificar, prevenir y atender los factores de riesgo psicosocial en los centros laborales. El acoso y las burlas sistemáticas entran en esta categoría. No cumplir con esta norma implica sanciones administrativas conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y la LFT.
Más allá de las sanciones laborales y administrativas, existen implicaciones más graves:
Aunque HEB afirma que “Papayita” no era su empleado directo, sino de la empresa de limpieza Multiservicios Rocasa, la ley es clara:
Además de lo legal, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (que también aplica a la violencia laboral en general, sin importar el género) obliga a centros de trabajo a prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia.
El caso de “Papayita” muestra lo que sucede cuando las empresas fallan en proteger la dignidad y la vida de quienes laboran en sus instalaciones.
El fallecimiento de “Papayita” no es solo un hecho lamentable: es un caso que debe sentar un precedente. Si se comprueba que la empresa conocía del acoso laboral y no actuó, las responsabilidades pueden ir desde sanciones administrativas hasta consecuencias penales por omisión y posible homicidio culposo.

Colaboración a cargo del fotógrafo Saúl Sifuentes.


Colaboración a cargo del fotógrafo Saúl Sifuentes.
