En Torreón suceden 2 delitos sexuales diarios, según datos oficiales, y el acoso sexual y el hostigamiento son los delitos sexuales que se pueden considerar como agresiones tempranas que se deben suspender lo antes posible por lo que es importante saber cómo denunciar acoso en Torreón.
Primero que nada, una víctima de acoso debe saber que, según la Ley General de Acceso, el acoso sexual como "una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos".
Es decir, cuando una mujer se siente indefensa, en cualquier circunstancia de su vida diaria, y se siente amenazada sexualmente por una o varias personas que por alguna ventaja física y/o psicológica, de cualquier índole, está siendo víctima del delito que en el código penal federal se conoce como delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual.
En este sentido, una presunta víctima de acoso sexual debe de considerar el mínimo indicio de que estos actos delictivos están sucediendo en su contra, para realizar su denuncia.
En Torreón se vivieron al menos 829 delitos sexuales en 2021, más de 2 diarios, esto según datos del IMPLAN.
Para denunciar acoso en Torreón se recomienda llamar al Instituto Municipal de la Mujer municipal al número de celular (o WhatsApp) 8714094965 o al teléfono fijo 7290099.
Otra instancia municipal a la que puedes llamar es a Seguridad Pública municipal, al número 911.
Existe también el Instituto Coahuilense de las Mujeres, una dependencia estatal, su centro de atención más cercana es en San Pedro, Coahuila, y el teléfono es (844) 122-9666, (872) 118-6113.
Así mismo, puede buscar instancias de derechos humanos, en Torreón hay una sede de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la CNDH, ubicada en: Av. Juárez s/n, interior 104 Planta Baja, Palacio Federal, con los teléfonos 871 222 56 36 y el número gratuito 800-838-4410.
También existe la Comisión Estatal de Derechos Humanos en la Av. Matamoros 69 Poniente, Primero de Cobián Centro. Se llama al teléfono 871 793 0322.
En la región lagunera existen varias Organizaciones de la Sociedad Civil que te pueden guiar y/o apoyar con las diligencias que implica denunciar acoso en Torreón, aquí te dejamos las que se pudieron recabar para este artículo:
OSC | Ciudad | Teléfono | Correo | |
Incide Femme | Torreón | 871 190 1827 | incidefemme@gmail.com | Incide Femme |
Funprodem | Gómez | 871 432 4020 | funprodem@hotmail.com | Funprodem |
Red de Mujeres de La Laguna | Torreón | Red Mujeres de la Laguna | ||
Mujeres Solidarias en la Acción Social de la Laguna A.C. | Torreón | musas.ac@hotmail.com | Musas de la Laguna | |
Red Forma Mujer A. C. | Torreón | 871 113 6431 | redformamujerac@hotmail.com | Red forma mujer a. c. |
De acuerdo a la organización Equal Rights, estos son los pasos que puedes realizar ante un acoso:
Según la LGAMVLV, existe una diferencia entre acoso y hostigamiento, el acoso no requiere de que exista una subordinación de parte del agresor hacia la víctima, mientras que en el hostigamiento, la Ley considera que el agresor está en una posición de poder dentro de una relación jerárquica, ya sea laboral o académica.
Es decir, cuando alguien está en una situación de poder en los ámbitos laboral y/o escolar y trata de abusar de ese poder en contra de una persona mediante conductas verbales, físicas, o ambas, con un fin sexual de connotación lasciva se llama hostigamiento.
Es importante que quien va a denunciar acoso en Torreón sepa qué marco jurídico le protege y todo lo que conlleva su defensa contra este tipo de delito sexual.
El marco que le protege a la víctima de acoso empieza con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV); así mismo, hay que considerar también el Código Penal Federal y, en cada estado, de los códigos penales locales.
Además, debe de estar incluido igualmente en las normatividades municipales, ya que la LGAMVLV establece que en los tres niveles de gobierno se debe considerar las atribuciones necesarias para hacer cumplir lo que ahí se determina.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia enmarca todas las conductas que deben cumplirse de parte de los tres niveles de gobierno para cumplir con el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia.
En el artículo 15 de la LGAMVLV, se establece que los tres niveles de gobierno deberán cumplir con lo siguiente:
Otros marcos jurídicos considerables para poder denunciar acoso en Torreón son los códigos penales, a nivel federal y a nivel estatal, que son quienes determinarían el hecho delictivo, cumpliendo con las pautas de la LGAMVLV.
Aquí mostraremos las penas aplicables en ambos códigos:
En el código penal federal no se considera al "acoso" como tal, si no que se aglutinan en el delito de hostigamiento y, para éste, refiere que: "al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de ochocientos días multa.
Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de las penas señaladas, se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un año".
El Código Penal del Estado de Coahuila sí considera ambos delitos en dos artículos aparte, siendo el hostigamiento un delito más castigado que el acoso.
Este código, en el artículo 399 bis menciona que, frente a un delito de acoso sexual, al agresor se le aplicará de uno a cinco años de prisión y multa: "A quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, ya sea de manera directa, a través de medios informáticos, audiovisuales, virtuales o de cualquier otra forma, que le cause un daño o sufrimiento psicológico el cual lesione su dignidad, y coloque a la víctima en un estado de indefensión o de riesgo, independientemente de que se realice en uno o varios eventos".
Este mismo código, respecto al hostigamiento, en su artículo 400 bis se considera que "Se aplicará de dos a siete años de prisión y multa: A quien, basado en el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real respecto de la víctima, realice una conducta de tipo verbal, física o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva que le cause un daño o sufrimiento psicológico que lesione su dignidad, y coloque a la víctima en un estado de indefensión o de riesgo, independientemente de que se realice en uno o varios eventos".
Las últimas penas podrían agravarse si como consecuencia del acoso sexual la víctima vivió algún daño personal, laboral, educativo, profesional o patrimonial.
Denunciar acoso en Torreón debe ser una costumbre, un hábito, ya que, además de ser un acto que prevendrá que la víctima sufra un delito sexual de mayor gravedad, también previene que el agresor continúe cometiendo acoso u hostigamiento a otras mujeres.